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El exceso de velocidad es una de las infracciones más penadas por la DGT y la modificación de sus límites es de gran interés general por las consecuencias que se derivan de su violación.

El anuncio lo ha hecho María Seguí, la Directora de la DGT, informando de que el nuevo Reglamento de Circulación está aen fase de tramitación de alegaciones, tendrá su versión final en unas semanas y, una vez aprobado, podrá entrar en vigor en un periodo de 3-4 meses.

A modo de resumen, sabemos que habrá un incremento puntual hasta 130 km/h en determinados tramos y también una bajada hasta 90 km/h en carreteras secundarias que son las que registran mayor número de víctimas mortales. En ciudad la velocidad máxima será de 30 km/h cuando haya menos de dos carriles por sentido. Así que deberemos estar muy atentos para no sobrepasar ninguno de estos límites si valoramos nuestros puntos y nuestro dinero. Por eso viene bien conocer a fondo lo que nos espera:

Autopistas y autovías

Los esperados 130 km/h se aplicarán de forma muy restringida, cuando absolutamente todos los factores sean favorables, algo que no es lo que demandamos los usuarios

- Turismos y motos de dos o tres ruedas podrán circular a una velocidad de 130 km/h en determinados tramos de autopistas y autovías señalizadas al efecto. Es decir, cuando lo indiquen los paneles de mensaje variable de forma temporal y en tramos en los que existan índices contrastados de seguridad, buenas condiciones de trazado y pavimentación, y óptimas condiciones meteorológicas y ambientales. ¿Va a haber alguno?
- Otro de los cambios en las autopistas y autovías es que los autobuses que lleven pasajeros de pie o no tengan instalados cinturones de seguridad no podrán ir a más de 80 km/h.

Carreteras secundarias

- En las carreteras convencionales, el límite de velocidad para coches, motos y cuadriciclos baja de 100 a 90 km/h cuando circulen por una vía con un ancho de al menos 6,5 metros (baremo que sustituye a los actuales 1,5 metros de anchura del arcén).
- El límite de velocidad baja de 90 a 70 km/h si la calzada es menor de 6,5 metros y con marcas de separación entre ambos sentidos.
-  Baja de 90 a 50 km/h si la calzada tiene menos de 6,5 metros y no hay líneas discontinuas entre los carriles. Y en las vías secundarias sin pavimentar no se podrá circular en ningún caso a más de 30 km/h.

Ciudad

- En ciudad el límite genérico actual de 50 km/h se mantiene cuando las calles tengan más de un carril por sentido. Si son de un solo carril y sentido único de circulación o con un carril por sentido, el límite baja a 30 km/h, y si las vías urbanas cuentan con una plataforma única de calzada y acera, a 20 km/h.

También os adjuntamos el cuadro de sanciones por puntos, según los nuevos límites de velocidad: