El equipo municipal de la ciudad de Madrid, encabezado por la alcaldesa Carmena, ha pasado por alto la normativa vigente para atacar a las motos, un medio de transporte sostenible y que podría ser la solución a muchos de los problemas que afectan a la capital.
La última ocurrencia ha sido la de colocar unas señales de prohibido aparcar motos en las aceras de la Gran Vía sin avisar y, al parecer, de forma permanente, no sólo durante las fechas navideñas como se había dicho en un principio. Esta misma semana ya han comenzado a imponer unas sanciones de 90 euros por, según dice literalmente la denuncia "estacionar en lugar prohibido debidamente señalizado, placas que prohíben el estacionamiento".
Lo más rocambolesco es que en el mes de noviembre, cuando el Ayuntamiento de Madrid presentó las medidas de restricción de tráfico por Navidad, ya se dijo que las motos no podrían aparcar en las aceras de la Gran Vía, Callao y Red de San Luis, pero en unos días determinados (del 2 al 11 de diciembre, el fin de semana del 16 al 18 de diciembre y del 23 de diciembre al 8 de enero). Además, se aseguraba desde el propio consistorio que se habilitarían zonas concretas para motos en algunas calles cercanas. Es decir, se anuncia a bombo y platillo los días que no se puede aparcar, pero después se sanciona, sin avisar, aunque el estacionamiento se realice en un día no restringido.
Rita Maestre, portavoz del Ayuntamiento de Madrid, argumentaba que las sanciones se imponen "porque no es adecuado que las motos estén aparcadas en la acera de la Gran Vía, ya que la normativa establece que hay aparcamientos específicos". No debe conocer bien la normativa la edil de Ahora Madrid, pues la Ordenanza Municipal de Madrid establece que las motos "podrán estacionar en las aceras, andenes y paseos de más de tres metros". De hecho, hasta en la misma página web del Ayuntamiento se recoge cómo debe realizarse.
Se puede entender que haya calles, como la Gran Vía de Madrid, que por la cantidad de personas que pasean por ella pues el estacionamiento se encuentre restringido. Lo que no se puede hacer entonces es determinar una serie de días en los que el establecimiento quedará restringido y, posteriormente y sin avisar, colocar unas señales y ponerse a multar fuera de esos días anunciados.