El Ayuntamiento de Madrid vuelve a actuar en contra del uso de la moto en la capital y lejos de facilitar la circulación de las mismas, cada vez pone más restricciones a un vehículo que es clave para la reducción de los atascos y, por consiguiente, de los niveles de contaminación. En la nueva Ordenanza de Movilidad Sostenible, además de restringir la circulación de las motos en los episodios de alta contaminación como si fuera un coche, se limita el aparcamiento en las aceras, de momento en la zona centro y de forma escalonada en el resto de la ciudad. La intención del consistorio gobernado por Ahora Madrid y PSOE es que las motos aparquen en las casi inexistentes zonas reservadas para motos y compartiendo con los coches las zonas de aparcamiento, aunque de forma gratuita como hasta ahora.

¿Cómo se aparca la moto en las aceras en Madrid?

La nueva regulación se puede resumir en tres puntos:

  • Sólo se puede aparcar la moto en la acera donde no exista banda de estacionamiento. Es decir, si existe zona para aparcar en la calzada, coches y motos deberán convivir a pesar del riesgo de que los coches tiren las motos en las maniobras de aparcamiento. Las motos estarían exentas del pago en las zonas Servicio de Estacionamiento Regulado.
  • Prohibición de aparcar la moto sobre pavimento tacto-visual y en todo caso en zonas señalizadas como de prioridad peatonal.
  • En las aceras donde no se cumplan los anteriores puntos siempre habrá que dejar un espacio de tres metros para el tránsito peatonal.

Nueva regulación de los aparcamientos para motos

Las zonas de aparcamiento para motos separadas con elementos de protección cuentan con una nueva regulación. Estas se pueden utilizar por motos, scooter y ciclomotores de dos y tres ruedas, las bicicletas y los vehículos de movilidad urbana de las tipologías A y B (patinetes eléctricos y segways) excluyendo al resto de vehículos de lunes a viernes de 7 de la mañana a 8 de la tarde.

Fuera de la zona centro y mientras no se aplique esta ordenanza en el resto de la ciudad, las motos se deben aparcar en batería en las aceras de más de seis metros de ancho y en paralelo al bordillo en las de menos de esa medida.