La diversión sobre vehículos off road vuelve a vivir un buen momento en el mercado español. No son números de récord, pero sí de actividad sostenida. No queremos aburrirte con muchos datos, pero si conviene saber que en 2020, precisamente el año de la emergencia sanitaria mundial y las limitaciones a los desplazamientos, el mercado de los ATV (All Terrain Vehicle), el UTV (Utility Vehicle) y el SBS (Side By Side) superó en 2020, por primera vez en ocho años, las 1.500 unidades. En total se matricularon 1.606, lo que supuso un aumento de nada menos que el 22% respecto al año anterior y un 77% sobre los últimos seis años. Recordemos que en 2014, por ejemplo, apenas hubo 904 matriculaciones. Volviendo a la actualidad, tampoco sobra mencionar que con el carnet B1 puedes conducir cualquier quad, ATV, UTV o SBS. Puede que a algunos lectores esto les suene obvio, pero no son pocos los potenciales nuevos usuarios que no tienen completamente clara esa información.

Al mismo tiempo, las provincias a la cabeza de esta nueva y aparentemente más sostenible era del ATV fueron Asturias y Jaén, que matricularon 120 vehículos cada una. Tras ellas, Madrid y Barcelona con 113 y 81 unidades, respectivamente. Sin embargo, en 2005, en el mejor momento del ATV en España, esas 1.606 unidades se vendían cada dos semanas. Para tener la foto completa del auge, caída y renacimiento de los ATV, UTV y SBS en el mercado español, hay que remontarse unos años más atrás.

2001

A principios del siglo XXI, hace ahora dos décadas, el quad deportivo, los ATV, UTV y SBS aparecieron tímidamente para convertirse en tiempo récord en vehículos de culto. Para que te hagas una idea, las 1.400 unidades aproximadamente que se matricularon en 2000 se duplicaron en 2001 y continuaron en esa línea hasta tocar un impresionante techo de 45.000 unidades matriculadas en 2005. El mercado español era un referente en todo el mundo, pero había pendientes varias cuestiones que hicieron ese éxito apareciera y se esfumase con la misma rapidez.
A diferencia de la actualidad, gran parte del parque móvil entonces estaba acaparado por quads, un tipo de ATV deportivo de cambio manual y tracción trasera, básicamente una máquina de enduro con cuatro ruedas. Sus precios, mucho más asequibles que los grandes ATV 4x4, ponían los quads al alcance de cualquier usuario en una época en la que fluía sin restricciones el crédito bancario. Así, el ATV deportivo se coronó rey de las listas de ventas.

Paralelamente, se produjo otro singular fenómeno en el mercado español. Hubo un modelo, el Suzuki LTZ400, que por su insuperable relación calidad precio llegó a acaparar un tercio de las ventas totales entre 2003 y 2009. En general, la llegada masiva de nuevos usuarios al medio natural no resultó muy bien acogida. Todo eso, unido a la repentina invasión de estos vehículos en todo tipo de vías públicas, hizo que llegaran los inevitables accidentes. Por su parte, el ATV 4x4, el UTV y la versión más deportiva de éste, el SBS, también alcanzaron una enorme popularidad. Puede que, particularmente, estos vehículos consiguieran permanecer alejados de la controversia en mayor medida por el carácter a menudo más sereno de sus propietarios, pero fue la crisis económica de 2008 lo que también acabó arrasando ese prometedor mercado.

2021

La escena actual del mercado español del ATV resulta bastante distinta a lo anteriormente descrito. En primer lugar, los quads deportivos han desaparecido de los catálogos de la mayoría de los principales fabricantes. Honda, Kawasaki, Suzuki, Can-Am, KTM, GasGas y Polaris han renunciado a ellos y sólo Yamaha continúa ofreciendo los YFZ450R e YFM700R, aunque inequívocamente dirigidos a la competición y sin posibilidad de ser matriculados. El mercado pertenece ahora principalmente al ATV y el SBS, pero, en materia de vehículos off road, seguimos sufriendo la legendaria incapacidad de las Administraciones Públicas para legislar con una mínima coherencia.Hasta el pasado mes de junio coexistían en España varias fórmulas para homologar un ATV, UTV o SBS. La más antigua de todas ellas se remonta a 1991, cuando por iniciativa de un solitario importador se consiguió reconocer al quad como Vehículo Especial. Esta denominación estaba hasta entonces mayoritariamente reservada a vehículos agrícolas, excavadoras, dumpers y otro tipo de maquinaria industrial. Así pasaron varios años en los que el quad y el ATV se mantuvieron en un discreto perfil, pero todo cambió a partir de 2001, cuando comenzó la eclosión del mercado.

Cuando a partir de entonces comenzaron a matricularse quads, ATV 4x4, UTV y SBS por miles bajo la homologación –o más bien la exención de ella- que permite el Vehículo Especial, nadie en la Administraciones publicas pareció caer en la cuenta de que este reglamento eludía el Impuesto de Matriculación, lo que suponía dejar de recaudar el equivalente al 12% de la facturación anual de la venta de estos vehículos.

Años después apareció la homologación europea de Cuatriciclos, que establecía el Impuesto de Matriculación en torno al 12% pero actualmente es del 14’75%, exige además cumplir los criterios medioambientales y los que entren en vigor en el futuro. Algo que no es ni será viable para la mayoría de fabricantes.

La fórmula para evitar tener que cumplir la exigente normativa sobre emisiones pasa desde hace unos años por la fórmula de homologación del Tractor europeo Categoría T –Homologación de vehículos agrícolas y forestales-, cuyos requisitos en materia de emisiones no resultan tan exigentes. Al mismo tiempo, también exime del Impuesto de Matriculación y aquí es donde surge el conflicto con la Agencia Tributaria en España. El fisco español, por su parte, no está dispuesto a mantener el coladero que durante décadas ha supuesto la matriculación de estos vehículos quads como «especiales» para lo que en definitiva es un fin lúdico. Para eso, se introdujo una curiosa modificación en la definición del ATV:

«Vehículo especial de cuatro o más ruedas fabricado para usos específicos muy concretos, con utilización fundamentalmente fuera de carrera con sistema de dirección mediante manillar en el que el conductor va sentado a horcajadas y dotado de un sistema de tracción adecuado al uso fura de carretera y cuya velocidad puede estar limitada en función de sus características técnicas o uso».

De esta forma, la Agencia Tributaria consiguió diferenciar un «vehículo especial» orientado al aprovechamiento laboral o agrícola por sus características del quad o ATV adquirido pensando en la diversión. Toma nota de esta definición, porque también ha supuesto nuevas lagunas legales que explicaremos en breve.

Un acento distinto cada 50 km

Dicen los irlandeses que en su país se habla inglés con un acento distinto cada 50 kilómetros, pero no te rías. Aquí no lo tenemos mucho mejor. Después de inventarse Hacienda este nuevo impuesto sobre el ATV, recordemos, que ni siquiera la Unión Europea exigía, dejó el cobro de la tasa en manos de las Comunidades Autónomas. ¿Qué podía salir mal? Efectivamente, se legisló de 17 formas distintas comenzando por el propio porcentaje del impuesto. Hacienda sugiere que debe ser del 14’75 por ciento, pero en función de la comunidad autónoma donde vivas éste puede elevarse por encima del 16% o caer hasta poco más del 3% en el caso de Canarias. El mayor problema es que este nuevo impuesto se debe liquidar de forma voluntaria, ya que hasta ahora ninguna comunidad autónoma lo había reclamado. ¿O sí? Ahora acaba de hacerlo la comunidad foral de Navarra y, además, con carácter retroactivo. Es decir, a los compradores de esos vehículos se les está reclamando directamente ahora, con recargo y a través de la oficina de gestión de la recaudación, el pago del impuesto sobre vehículo que adquirieron hace unos meses. ¿Qué pasaría si el resto de CC.AA. hicieran lo mismo?Dentro de la homologación de Tractor de la UE existen al mismo tiempo distintas fórmulas de las que depende que finalmente se te obligue al pago de este impuesto. Si realmente se va a emplear el vehículo en entornos agrícolas, ganaderos o en cualquier vertiente laboral, no te costará demasiado demostrarlo. Para quienes no es el caso, sabemos que pagar una media de del 14’75% sobre un precio de 12.000 € da bastante pereza, pero, a fin de cuentas, puede que pasar por caja sea lo más sensato para evitar futuras sorpresas.

Adiós al Vehículo Especial

Si el panorama de homologación de nuestros vehículos preferidos ya parecía complicado, vamos a darle una vuelta más de tuerca. Antes hemos mencionado en la definición de ATV lo de «con sistema de dirección mediante manillar en el que el conductor va sentado a horcajadas…». Pues bien, esta salvedad ha permitido seguir matriculando SBS como Vehículo Especial nacional sin tener que pagar por ello impuesto de matriculación alguno, ya que sus ocupantes manejan la dirección mediante un volante y no se sientan a horcajadas de nada. Pero eso va a cambiar a partir de ahora. Hace unas semanas, los profesionales de la homologación y comercialización de SBS recibieron el siguiente correo electrónico:

«A: Gerentes, adjuntos y responsables técnicos de AECA-ITV
Estimado asociado,
Como te informamos, el pasado 03/04/2020, se publicó la resolución emitida por el Ministerio de Industria, en marzo de 2020, marca el próximo cese de la Homologación Nacional de ATV y SbS (Side by Side). Por eso te recordamos las fechas de aplicación:

El 30 de junio de 2021 será el último día habilitado para poder matricular vehículos homologados bajo esta homologación nacional, aunque no se haya completado el “cupo” de 50 unidades por tipo anuales que marca la resolución. Además, no se ha planteado ningún período adicional para Fines de Serie o alternativas similares.

Por lo tanto, a partir del 1 de Julio de 2021, un ATV o un Side by Side sólo podrá matricularse en España bajo las homologaciones europeas de tractor (Categoría T, conforme al Reglamento UE 167/2013) o como cuatriciclo (Categoría L, conforme al Reglamento UE 168/2013), o con homologaciones particulares que cumplan los requisitos completos de estas categorías».

¿Qué significa esto? En resumen, quiere decir que finalmente no se concederá al sector la enésima prorroga que esperaba y, que a partir del mes de julio, todos los SBS deberán pasar por el medio de homologación del Cuatriciclo o el Tractor UE. Esto, adicionalmente, supone de facto suspender la comercialización de los modelos hasta ahora homologados como Vehículo Especial nacional, ya que iniciar el proceso de homologación de cualquier modelo como Tractor o Cuatriciclo no es algo que se haga en cuestión de días, sino que requiere más bien varios meses.

¿Y ahora qué?

A pesar de todos los embrollos anteriormente descritos, el mundo del ATV y el SBS disfrutan de un nuevo momento de gracia en el mercado español. Más allá de la recurrente voracidad fiscal de nuestras autoridades, nada puede interponerse ya entre el usuario responsable y la diversión con ATV o su aprovechamiento laboral. Quienes conservan su ATV deportivo saben a lo que atenerse y hay cada día más nuevos usuarios que se lanzan a disfrutar de una actividad que garantiza tal nivel de evasión que es difícil resistirse a ella. Si estás pensando en adquirir un ATV o un SBS, sírvete del completo catálogo de Motofichas.com para buscar el vehículo a tu medida. Cada día hay más modelos nuevos, nuevas marcas y, en general, la oferta actual se encuentra en estándares de calidad más altos incluso que en la era dorada del ATV en nuestro país hace más de 15 años.

Solicita información a través de nuestra web y acude a un concesionario de la marca para ver y tocar la máquina que ha llamado tu atención. A partir de ahí, averigua cómo está el panorama fiscal en tu comunidad autónoma. Tienes la posibilidad de atar todos los cabos para evitar futuras complicaciones pagando el dichoso impuesto de matriculación que nuestras administraciones no aciertan a definir y, a continuación, disfruta de tu nueva herramienta de ocio. Si te lo puedes permitir es porque te lo mereces. Recuerda ese viejo y sabio: «La diferencia entre un niño y un adulto se reduce únicamente al precio de sus juguetes».