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Hace unos años, el Ayuntamiento de Madrid instauró esta práctica entre las potestades de sus agentes (policías municipales y agentes de regulación del tráfico) en la ordenanza de Movilidad urbana, pero una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid en 2012 declaró nulo este artículo, que desde entonces está recurrido al Supremo por el municipio y del que depende la ejecución y en muchos casos devolución de más de 600.000 multas.
En misa... y repicando
Ahora se ha incluido en el artículo 76 de la nueva Ley de Tráfico, añadiendo como causa para justificar que una denuncia no se notifique ni en el momento de la infracción ni tampoco a posteriori cuando "el agente denunciante se encuentre realizando labores de regulación del tráfico y carezca de medios para proceder al seguimiento del vehículo". Es decir, sin necesidad de que exista ningún otro medio para corroborar la infracción que la palabra del agente se podrán emitir multas por cualquier concepto, desde circular sin casco hasta saltarse un stop o realizar conducción temeraria y sin notificarlas hasta que transcurrido el tiempo oportuno, que suele ser de uno a varios meses, el afectado reciba la notificación en su domicilio. No hará falta tan siquiera que exista la grabación de una cámara para demostrar los hechos, ni existirá posibilidad de defensa alguna para el acusado.
La denuncia de este hecho recogido en la Ley ha sido realizada por AEA (Automovilistas Europeos Asociados), que ha criticado al Gobierno por realizar “una copia literal” del artículo 99 d) de la ordenanza de Movilidad del Ayuntamiento de Madrid, que como hemos indicado fue declarado nulo por sentencia de 2012. "Esta modificación no tiene nada que ver con la seguridad vial, -informa AEA- sino con la facilidad de recaudar más multas mediante la imposición indiscriminada de sanciones sin ninguna garantía y con la posibilidad de que el Ayuntamiento de Madrid y otros ayuntamientos tengan que anular y devolver cientos de miles de multas impuestas ilegalmente durante años". Para la citada asociación esto "no sólo va en contra de la ley, sino que además imposibilitaba obtener la más mínima prueba sobre hechos ocurridos después de varias semanas o meses".
Por su parte, la alcaldesa de la capital, Ana Botella, ha declarado que lo único que pretende el ayuntamiento que preside es "hacer más fácil la vida de los madrileños", y que en su momento el Ayuntamiento no pudo aplicar esa posibilidad porque según la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid no podía ser porque no había una ley superior que lo avalara. "Ahora, al existir una ley superior que lo avale, lo podemos poner", añade Ana Botella, que a pesar de esto sigue teniendo recurrido frente al Supremo el fallo del TSJM.